Bogotá, D.C. - Jueves, 16 de febrero de 2012
El Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, a partir de su visita a Colombia, en el mes de junio de 2009, presentó el Informe sobre la misión a Colombia en el mes de marzo de 2010 ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
En este documento, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), presenta su informe de seguimiento a la implementación de las recomendaciones del Relator Especial, por parte del Estado colombiano. Lea el documento completo
Una de las prácticas que ha generado más preocupación y críticas ha sido la de someter al fuero militar a los miembros de las fuerzas militares y de policía por graves violaciones de derechos humanos, constitutivas de delitos. La experiencia ha demostrado que esta práctica constituye une de las más grandes fuentes de impunidad en el mundo.
En los casos de ejecución extrajudicial, tortura, desaparición forzada y violencia y abusos sexuales cometidos por militares o policías contra civiles, la práctica de someter a los autores de estos crímenes a los tribunales militares niega el derecho a un recurso efectivo y a la verdad de las víctimas y de sus familiares, y constituye por parte del Estado una transgresión a su obligación de investigar, castigar y reparar las graves violaciones a los derechos humanos. Lea el libro completo
El 14 de enero de 1990 en horas de la noche, aproximadamente 60 paramilitares del grupo "Los Tangueros", al mando de Fidel Castaño, ingresaron al corregimiento de Pueblo Bello, municipio de Turbo, en el departamento de Antioquia, y por la fuerza sacaron varios habitantes del pueblo de algunas viviendas y de la iglesia presbiteriana.
La búsqueda de los cuerpos de los 43 campesinos desaparecidos en 1990 ha sido la motivación principal de sus familiares para mantenerse unidos en un proceso que comenzó, ante las autoridades civiles y militares de la región, al día siguiente de la desaparición.
Debido a la impunidad y falta de justicia en Colombia, los familiares acudieron al Sistema Interamericano en busca de mecanismos efectivos que posibilitaran la verdad, la justicia y la reparación que no hallaban en el país. Lea el documento completo
Por: Gustavo Gallón Giraldo, Director de la CCJ, en Diario El Espectador - Miércoles, 22 de febrero de 2012
Categoría: Documentos y publicaciones / Columnas de la Dirección
Muy valioso el compromiso del presidente Santos con la movilización popular en apoyo de la ley de víctimas, como la ocurrida en Necoclí el pasado 11 de febrero. Para que estas movilizaciones no terminen frustradas, es tan importante enfrentar estas peligrosas reacciones como corregir graves errores que quedaron incluidos en la propia ley en materia de restitución de tierras.
Uno de los más protuberantes es el que castiga a la víctimas de usurpación armada con la pérdida del derecho a la restitución de su tierra si la invade, la ocupa o la usa antes de que el juez se la devuelva (art. 207). Este mandato de “ver y no tocar” es como una pena de confiscación, que está prohibida en la Constitución, y no está prevista siquiera en la legislación agraria ordinaria, que permite adjudicar predios a campesinos ocupantes o invasores.
Bogotá, D.C. - Miércoles, 22 de febrero de 2012
Categoría: Documentos y publicaciones
El Grupo de Trabajo + desarrollo – armas saluda las medidas que varios gobiernos municipales y departamentales han tomado para mejorar el control y restringir el porte de armas de fuego.
Igualmente, el Grupo ve positivamente el anuncio del Gobierno Nacional de presentar un proyecto de ley al Congreso dirigido a mejorar el control estatal sobre la tenencia y porte de armas de fuego, restringiendo su acceso para que este sea excepcional.
El Grupo de Trabajo considera que estas iniciativas refuerzan y recogen varios de los llamados que diferentes organizaciones expresaron con la firma de la "Declaración de la Sociedad Civil Colombiana sobre Reducción de la Violencia Armada y Promoción del Desarrollo", promulgada en marzo del año 2011.
Bogotá, D.C. - Lunes, 06 de febrero de 2012
Categoría: Documentos y publicaciones
Las declaraciones del presidente Juan Manuel Santos del pasado 1° de febrero, en las que descalifica el fallo de segunda instancia por las desapariciones forzadas durante la retoma del Palacio de Justicia, configuran un claro desacato del presidente de la República, quien tiene la obligación de "prestar a los funcionarios judiciales (…) los auxilios necesarios para hacer efectivas sus providencias", según la Constitución (art. 201.1).
Dado que la sentencia por las desapariciones del Palacio de Justicia establece obligaciones de reparación a las víctimas en cabeza de su ministro de Defensa y de los altos mandos militares, para que pidan perdón a la comunidad por los delitos ejecutados los días 6 y 7 de noviembre de 1985.
Bogotá, D.C. - Jueves, 26 de enero de 2012
Categoría: Documentos y publicaciones
La CCJ ha preparado el presente documento dirigido a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004. Su contenido se focaliza en la garantía de los derechos de las víctimas del desplazamiento forzado a la verdad, la justicia y la reparación, uno de los temas que la CCJ ha monitoreado y sobre el cual ha remitido informes a la Corte Constitucional.
A partir de los vacíos y las órdenes emitidas por la Corte para corregirlos, en primer lugar el documento hace una breve mención de la jurisprudencia constitucional relativa a los derechos de las víctimas del desplazamiento.