Litigio penal

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Jaime Garzón, veinte años buscando justicia y verdad

Martes 13 de agosto de 2019

Hoy 13 de agosto se cumplen veinte años del asesinato de Jaime Garzón y todavía son muchos los retos pendientes para conocer la verdad de los hechos y sus determinadores. El proceso judicial ha estado lleno de obstrucciones, tales como la desviación de la investigación durante cinco años, y hasta el día de hoy sus responsables no han sido judicializados.

El pasado 19 de julio la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena que se había proferido en primera instancia contra José Miguel Narváez Martínez, por su participación en el homicidio de Garzón[1]. Paramilitares como Fredy Rendón Herrera y Salvatore Mancuso declararon a lo largo del proceso judicial que habían asistido a charlas dictadas por Narváez en sus campamentos, en donde este expresaba su animadversión por personas que consideraba de izquierda y a quienes señalaba como auxiliadores de la guerrilla. Una de estas charlas fue funestamente denominada ¿Por qué es lícito matar comunistas?”. Ello motivó al Tribunal a afirmar que:

“(…) la ideología política de extrema derecha expresada por Narváez Martínez lo impulsó a motivar a Carlos Castaño para que ordenara la muerte de Jaime Garzón, y esta conclusión no es un simple prejuicio, (…) por el contrario, el pensamiento político extremo del procesado y que exteriorizaba en sus conferencias dictadas en los campamentos de autodefensas, donde recomendaba atacar a militantes de la izquierda, es un indicio grave en su contra frente a la recomendación dada para que se ordenara la muerte del humorista”.

Finalmente, la segunda instancia concluyó que “la Fiscalía logró recaudar la prueba suficiente para llegar a la certeza de que José Miguel Narváez Martínez indujo a Carlos Castaño Gil para que éste ordenara la muerte de Jaime Hernando Garzón Forero”.

La Comisión Colombiana de Juristas continuará insistiendo para que se ratifique que el asesinato de Jaime Garzón constituye un crimen de lesa humanidad (tal y como lo hicieran la Fiscalía y el Consejo de Estado en 2016), pues la Sala Penal del Tribunal Superior se limitó a señalar que el ente acusador estuvo centrado en acreditar la responsabilidad de Narváez en el homicidio y no aportó los elementos constitutivos del crimen de lesa humanidad, por lo que resultaría contrario al principio de congruencia entre acusación y sentencia declararlo así. Frente a esta consideración hecha por el tribunal, la CCJ intervendrá judicialmente para controvertir este concepto y también para que se esclarezca la responsabilidad de todas las personas que participaron en el homicidio y en la desviación de la investigación.

El asesinato de Garzón se cometió en un contexto de ataque generalizado y sistemático contra luchadores sociales en los años 90, en el que además fueron asesinados Mario Calderón, Elsa Alvarado, Eduardo Umaña y Jesús María Valle, entre otros valiosos defensores y defensoras de derechos humanos.

Comisión Colombiana de Juristas
Bogotá, 13 de agosto de 2019

[1] Ver: https://www.coljuristas.org/nuestro_quehacer/item.php?id=149