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Desafíos del desarrollo normativo y la implementación del Acuerdo de Paz

Martes 06 de diciembre de 2016

La Comisión Colombiana de Juristas celebra el inicio de la implementación y del desarrollo normativo del Acuerdo de Paz celebrado por el Gobierno nacional y las Farc-EP, a partir de su refrendación por el Congreso de la República el 29 y 30 de noviembre, conforme a las facultades de control político atribuidas al Congreso por la Constitución, según concepto del Consejo de Estado [1].

Esperamos que las leyes y reformas constitucionales requeridas para la implementación de lo acordado entre las partes respondan a los derechos de las víctimas, que han sido y deben seguir siendo el centro del proceso de paz, y por esa vía redunden en beneficio del conjunto de la población.

La etapa que comienza será exigente, pues requerirá de parte de la sociedad civil su disposición para ser veedora del desarrollo e implementación de los acuerdos, y el arrojo para activar los mecanismos judiciales y extrajudiciales incorporados en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición -SIVJRNR-, visibilizando a los perpetradores de violaciones a los derechos humanos y de infracciones al derecho humanitario que deben ser investigados, juzgados y sancionados en el marco de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) o de la justicia ordinaria, según corresponda, y exigiendo el cumplimiento de los mandatos y objetivos de las diversas instancias.

Estaremos atentos a que el Estado cumpla con las obligaciones jurídicas que tiene con las víctimas, y con la sociedad en su conjunto, para que responda adecuadamente a sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación y no repetición, y se mejoren las condiciones de vida del conjunto de la población. Prestaremos especial atención a que no se tramiten cambios normativos que socaven las bases de los acuerdos. Continuaremos dispuestos a contribuir a la concreción de acuerdos pendientes con otros grupos guerrilleros, en especial el ELN, y al desmantelamiento de las estructuras políticas y económicas del persistente paramilitarismo, así como a la revisión de las disposiciones y prácticas de los funcionarios del Estado que viabilizan la violación a los derechos humanos.

Esperamos que todo lo anterior permita superar el dolor y la necesidad de continuar registrando las violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario y, por el contrario, sea útil para avanzar hacia unas mayores posibilidades de desarrollo y de igualdad social en este promisorio país.

Comisión Colombiana de Juristas
6 de diciembre de 2016




[1] Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, concepto con radicado No. 2323 del 28 de noviembre de 2016.