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Póliza de cumplimiento para los sindicalistas

Jueves 17 de abril de 2014

Por: Gustavo Gallón Giraldo en El Espectador


En los último tres años, 1.066 sindicalistas han sido objeto de violaciones a su derecho a la vida y la seguridad.

De ellos, 79 han perdido la vida violentamente (73 asesinados y 6 desaparecidos forzadamente), 31 han sufrido atentados y 953 han recibido amenazas de muerte. La impunidad promedio por estos casos se estima en 96,7%, según estudios de la Escuela Nacional Sindical.

La precariedad de los derechos laborales y sindicales en Colombia es tan grande que hace tres años, el 7 de abril de 2011, los presidentes Santos y Obama firmaron un “plan de acción laboral” (PAL), mediante el cual el gobierno colombiano se comprometió a adoptar importantes medidas en ese campo como condición para celebrar el tratado de libre comercio (TLC) con los Estados Unidos. Efectivamente, algunas medidas se adoptaron y el TLC se firmó, pero la situación no mejoró en realidad.

Pomposamente se expidió la Ley 1453 de 2011, mediante la cual se previó pena de prisión para quienes violen la libertad sindical, conforme al artículo 200 del Código Penal. Tres años después de esa reforma, sólo hay tres investigaciones penales por ese nuevo delito y todas ellas se encuentran estancadas, porque los fiscales no se atreven a actuar contra los empresarios que violan la libertad sindical, a pesar de que son numerosos y notorios. Entre 2010 y 2013, las convenciones colectivas, celebradas entre empresas y sindicatos genuinos, se redujeron del 47,31% al 28,21%. En contraste, los “contratos sindicales”, celebrados entre empresarios y falsos sindicatos, la mayoría de las veces con la exigencia de no pertenecer a una auténtica organización sindical, aumentaron del 9,62% al 59,25%.

Para evitar estos y otros fraudes, el Gobierno se comprometió a aumentar el número de inspectores del trabajo. En febrero de 2014 había 685, 586 de los cuales estaban nombrados en provisionalidad. “En casa de herrero, azadón de palo”: no es razonable esperar que inspectores sin estabilidad ni independencia basadas en su pertenencia a una carrera administrativa se atrevan a imponer sanciones a empleadores violadores de obligaciones laborales.

Entre tanto, el TLC ha significado una reducción del 15,5% en las exportaciones de Colombia hacia Estados Unidos y un aumento del 14,7% en las importaciones en 2013, así como un descenso del empleo industrial en 4% entre mayo de 2012 y diciembre de 2013.

Esta situación, que no puede calificarse menos que como desastrosa, requiere ser corregida urgentemente. El TLC tendría que ser revisado y una comisión independiente, integrada por congresistas y sindicalistas de los dos países, debería supervisar el cumplimiento del “plan de acción laboral”. Así lo están planteando las centrales sindicales colombianas CUT y CTC, la organización sindical estadounidense AFL-CIO, y la Confederación Sindical de las Américas, con justa razón.

Parece que el gobierno colombiano se hubiera acostumbrado a incumplir los acuerdos que celebra con las organizaciones sociales. ¿Tocará pedirle, en lo sucesivo, que otorgue una póliza de cumplimiento, como la exige a los particulares en los contratos administrativos? No estaría de más.

Acerca de Gustavo Gallón Giraldo, Fundador de la Comisión Colombiana de Juristas

Defensor de derechos humanos. Abogado de la Universidad Externado de Colombia.

Diplome D'Etudes Approfondies - D.E.A. en Ciencia Política de la Universidad de París I.

Estudios de doctorado en Sociología Política de la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales de París (1976-1983).