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Inteligencia en beneficio del Gobierno y de toda la sociedad

Jueves 07 de mayo de 2020

Por: Gustavo Gallón Giraldo en El Espectador


La ley estatutaria 1621 de 2013, sobre inteligencia y contrainteligencia, dispuso sujetar tales actividades al respeto de los derechos humanos, y ordenó crear una Comisión asesora para la depuración de los datos y archivos de inteligencia y contrainteligencia con el objeto de “producir un informe en el que se formulen recomendaciones al Gobierno Nacional sobre los criterios de permanencia, los criterios de retiro, y el destino de los datos y archivos de inteligencia y contrainteligencia que sean retirados” (art. 30). Previó también que el Gobierno pusiera en marcha “un sistema de depuración de datos y archivos de inteligencia y contrainteligencia, orientado por el informe de recomendaciones de la Comisión”. 

Presidida por el Procurador e integrada por otros siete miembros, la Comisión aprobó su informe por unanimidad y lo presentó al Gobierno en julio de 2016. En esencia, recomendó crear una “Instancia de Depuración con carácter civil, autónomo e independiente de los organismos de seguridad y del Gobierno Nacional” y adscribirla “a la Defensoría del Pueblo como una Unidad Administrativa Especial con patrimonio propio, independencia del Gobierno Nacional y autonomía administrativa”. Su principal función sería desarrollar el proceso de depuración en coordinación con cada organismo de inteligencia y en el archivo del extinto DAS. La instancia estaría integrada por un Director y un Oficial de Acceso elegidos mediante convocatoria pública con miras a lograr su independencia, autonomía e imparcialidad, y un equipo interdisciplinario encargado del proceso de depuración, seleccionado mediante un proceso que garantizara altos estándares de transparencia.

En vez de atender estas recomendaciones, el Gobierno creó el Sistema de Depuración, mediante el decreto 2149 de 2017, conformado por un Consejo Directivo, un Consejo Técnico y un Consejo Operativo, integrados todos por funcionarios del Gobierno, y especialmente de inteligencia. Los ministros del Interior, Relaciones Exteriores, Defensa, Justicia, Hacienda y Cultura, y el Director de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) son los miembros del primero. Al segundo pertenecen los jefes de inteligencia de las fuerzas militares, de la policía, de la DNI y de la Unidad de Información y Análisis Financiero. Y del tercero hacen parte funcionarios de cada uno de los organismos de inteligencia y un delegado del Archivo General de la Nación. Es decir, los ratones cuidando el queso.

Como miembro de la Comisión Asesora, delegado por organizaciones de derechos humanos, puse en conocimiento del presidente Santos que el decreto 2149 es contrario a la ley 1621. El presidente pidió al ministro de Defensa y a sus asesores que revisaran y corrigieran el decreto. Si le hubieran hecho caso, probablemente no se habrían producido las 130 carpetas secretas elaboradas incluso contra el ex Secretario General de la Presidencia. El presidente Duque, que tanto invoca la legalidad, debería derogar el decreto 2149 y organizar el Sistema de Depuración “orientado por el informe de recomendaciones de la Comisión”, como lo ordena el art. 30 de la ley 1621. Al menos así evitaría que algunos de estos ratones se sigan transformando en ratas.

Referencias / Fuentes

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Acerca de Gustavo Gallón Giraldo, Fundador de la Comisión Colombiana de Juristas

Defensor de derechos humanos. Abogado de la Universidad Externado de Colombia.

Diplome D'Etudes Approfondies - D.E.A. en Ciencia Política de la Universidad de París I.

Estudios de doctorado en Sociología Política de la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales de París (1976-1983).