Incidencia Nacional

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Corte Constitucional falla a favor de la CCJ para que víctimas del conflicto accedan por segunda vez a subsidio de vivienda

Martes 22 de junio de 2021

Bogotá, 22 de junio de 2021. El 21 de febrero de 2020, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) presentó una acción pública de inconstitucionalidad (API) en contra del parágrafo 1 del artículo 6 de la ley 3 de 1991, “por la cual se crea el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, se establece el subsidio familiar de vivienda, se reforma el Instituto de Crédito Territorial, ICT, y se dictan otras disposiciones”.

Esta norma establecía que las personas que habían sufrido actos terroristas eran las únicas que podían acceder por segunda vez al subsidio de vivienda.En la API presentada, la CCJ argumentó que esta disposición vulnera los artículos 1, 2, 13 y 51 de la Constitución, 8 y 25 de la Convención Interamericana, así como los derechos de las víctimas del conflicto armado, en tanto supone un trato discriminatorio e injustificado que restringe la posibilidad de que personas afectadas por otras conductas criminales, entre ellas el desplazamiento, despojo o abandono, puedan acceder por segunda vez al subsidio de vivienda, aun cuando estos actos también impiden el goce del derecho a la vivienda.

Por medio de la sentencia C-191 de 2021, la Corte Constitucional resolvió el pasado 17 de junio la API en cuestión.  En su decisión, la Corte acogió los argumentos que expuso la CCJ, pues encontró que el parágrafo 1 del articulo 6 constituye un trato discriminatorio y desigual que vulnera la Constitución.

Además de incluir a las víctimas del conflicto armado que hayan sufrido desplazamiento, despojo o abandono, la Corte determinó que toda persona puede acceder al subsidio de vivienda por segunda vez cuando pierda su residencia por motivos ajenos a su voluntad. 

Desde la Comisión Colombiana de Juristas consideramos que la decisión de la Corte contribuye a la materialización del derecho a vivienda, tanto para las víctimas del conflicto como para toda la ciudadanía. A partir de esta decisión, todas las personas que hayan perdido su residencia por motivos ajenos a su voluntad pueden acceder por segunda vez al subsidio de vivienda, lo que supone un avance positivo que impacta en el desarrollo de la política de vivienda en el país. Por esto, celebramos esta decisión y seguiremos trabajando por la vivienda de las y los colombianos. 

Comisión Colombiana de Juristas