Incidencia Internacional

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¿Ser o parecer? Cumplimiento de Colombia de las recomendaciones internacionales en derechos humanos

La protesta social y la defensa de los derechos humanos

Martes 27 de diciembre de 2022

La Comisión Colombiana de Juristas quiere dar a conocer el nivel de cumplimiento estatal de las recomendaciones internacionales formuladas a Colombia por parte de los diversos mecanismos de la ONU y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en materia de la situación de las personas defensoras de derechos humanos entre los años 2016 y 2022, abordando un tema diferente en cada número.

En esta ocasión se analizan las recomendaciones sobre el ejercicio del derecho a la protesta y la defensa de los derechos humanos. Su nivel de cumplimiento se presenta de manera sintética en este boletín.

De acuerdo con la CIDH, “la protesta social es un elemento esencial para la existencia y consolidación de sociedades democráticas y se encuentra protegida por una constelación de derechos y libertades que el sistema interamericano garantiza (...). En efecto, los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación garantizan y protegen diversas formas -individuales y colectivas- de expresar públicamente opiniones, disenso, demandar el cumplimiento de derechos sociales, culturales y ambientales y afirmar la identidad de grupos históricamente discriminados”. Naciones Unidas agrega los derechos sindicales a esa esfera, y en particular el derecho de huelga (A/62/225, párr. 12).