Incidencia Internacional

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¿Ser o parecer? Cumplimiento de Colombia de las recomendaciones internacionales en derechos humanos
La impunidad en los delitos contra personas defensoras de derechos humanos

Martes 05 de diciembre de 2023

La Comisión Colombiana de Juristas quiere dar a conocer el nivel de cumplimiento estatal de las recomendaciones internacionales formuladas a Colombia por parte de los diversos mecanismos de la ONU y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en materia de la situación de las personas defensoras de derechos humanos entre los años 2016 y 2022, abordando un tema diferente en cada número.


En esta ocasión se analizan las recomendaciones sobre las investigaciones adelantadas por los delitos cometidos contra personas defensoras de derechos humanos. Su nivel de cumplimiento se presenta de manera sintética en este boletín.


Según el derecho internacional, dentro de los requisitos indispensables para la construcción y sostenimiento del Estado de derecho se debe garantizar que el aparato institucional se organice para responder a las afectaciones a los derechos de las personas de manera competente, imparcial, expedita y justa.


Conforme a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) la impunidad se ha definido como la falta de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de responsables de violaciones a los derechos humanos1.

 

1 Corte IDH. Panel Blanca (Paniagua Morales y otros) Vs Guatemala. Sentencia de 8 de marzo de 1998. Serie C Nº 37.Párrafo 173; Caso Bámaca Velásquez Vs Guatemala. Sentencia de 8 de noviembre de 2000. Serie C Nº 70. Párrafo 211; Caso Loayza Tamayo Vs Perú. Sentencia de 27 de noviembre de 1998. Serie C Nº 42. Párrafos 168 y 170.