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La paz como antídoto de la impunidad

Jueves 18 de agosto de 2016

Por: Gustavo Gallón Giraldo en El Espectador


El proceso de paz en curso puede conducir a la superación del altísimo nivel de impunidad existente en Colombia. Ello es paradójico, porque lo usual en dichos procesos es que queden en la impunidad los delitos cometidos por los combatientes y por sus cómplices. Por eso es difícil de creer, y así lo piensan los críticos del actual proceso de paz. Pero es verdad: si no se concreta la paz con las Farc, la impunidad posiblemente se mantendrá. En cambio, la impunidad podrá reducirse notablemente si se aprueban los acuerdos, por varias razones:

En primer lugar, porque el punto 5 de tales acuerdos establece que deberán juzgarse en la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) los delitos que se hayan cometido en relación con el conflicto armado, tanto por integrantes de grupos armados ilegales que celebren el acuerdo de paz, como por financiadores o colaboradores de grupos paramilitares y por agentes estatales. Quienes no colaboren con la jurisdicción y sean encontrados responsables de crímenes graves serán condenados a prisión hasta por veinte años.

Quienes colaboren y acepten desde el principio su responsabilidad, revelen la verdad y se comprometan a reparar el daño causado y a no continuar su actividad violenta serán condenados hasta por ocho años de restricción de libertad de residencia y de movimiento, sin cárcel, y a efectuar labores de reparación. Quienes no colaboren desde el inicio pero sí lo hagan antes de la sentencia serán condenados hasta por ocho años de prisión.

En segundo lugar, porque las y los jueces y la o el director de la unidad de investigación serán nombrados por un grupo de cinco personas de altas calidades designadas por el papa, el secretario general de la ONU, la sala penal de la Corte Suprema de Justicia, la oficina en Colombia del Centro Internacional de Justicia Transicional y la comisión permanente del Sistema Universitario del Estado. Serán 57 magistrados nacionales y 15 extranjeros, además del director de la unidad investigadora.

En tercer lugar, porque las reglas de funcionamiento acordadas se basan en la satisfacción de los derechos de las víctimas, son respetuosas de los derechos de los procesados y prohíben de manera expresa el intercambio de impunidades entre los combatientes.

En cuarto lugar, porque liberarán a la justicia ordinaria de la investigación y el juzgamiento de los delitos relacionados con el conflicto armado, que son los que la ocupan principalmente. Así, habrá mayor posibilidad de hacer justicia en relación con los delitos comunes, si se toman medidas apropiadas para el efecto.

En quinto lugar, porque además de la JEP habrá otros mecanismos que conforman un sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición (SIVJRNR), como una Comisión de la Verdad, una Unidad para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, y medidas especiales de reparación, no repetición, y prevención, promoción y protección de derechos humanos.

En sexto lugar, porque todo lo anterior será supervisado por organismos internacionales, como la Corte Penal Internacional, el sistema interamericano y el sistema universal de derechos humanos.

Difícil lograr un mejor acuerdo en materia de justicia. ¿O tendría usted una propuesta superior y viable?

Acerca de Gustavo Gallón Giraldo, Fundador de la Comisión Colombiana de Juristas

Defensor de derechos humanos. Abogado de la Universidad Externado de Colombia.

Diplome D'Etudes Approfondies - D.E.A. en Ciencia Política de la Universidad de París I.

Estudios de doctorado en Sociología Política de la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales de París (1976-1983).