Avoca conocimiento del Caso No. 001, a partir del Informe No. 2 presentado por la Fiscalía General de la Nación, denominado "Retención ilegal de personas por parte de las Farc-EP".
Corrección del numeral 22, del inciso 3 de la orden segunda del Auto 002 de 2018, por medio del cual se avocó conocimiento de Caso No. 001.
Solicitud propuesta de colaboración para recepción de aportes de verdad encaminados a la búsqueda, localización e identificación de las personas retenidas presuntamente por las Farc-EP, cuyo paradero se desconoce.
Solicitud de informe a la ANR, a la OACP, a la CSIVI y al CNR, en virtud de sus funciones frente al proceso de reincorporación integral de los comparecientes del Caso No. 001, a la vida civil y el compromiso de asegurar garantías de no repetición de los hechos.
Resuelve recursos de reposición interpuestos contra el Auto 010 de septiembre de 2018 mediante el cual se requirió a los comparecientes del Caso No. 001 la presentación de informes sobre el cumplimiento de las condiciones de acceso y permanencia en la JEP y del mantenimiento de los beneficios propios del Sistema.
Convocatoria a sesión de recepción de informe mixto por parte de víctimas organizadas retenidas ilegalmente por las FARC-EP, presuntamente con finalidades de canje o, que compartieron condiciones de cautiverio.
Sesión cerrada para recepción de informe mixto por parte de víctimas organizadas retenidas ilegalmente por las FARC-EP, presuntamente con finalidades de canje o, que compartieron condiciones de cautiverio.
Traslado de informes allegados a la Sala de Reconocimiento en el trámite del Cao No. 001.
Entrega de información a la UBPD sobre víctimas de retenciones ilegales por parte de las Farc-EP, cuyo paradero se desconoce, presentada por las organizaciones de la sociedad civil y por víctimas organizadas a ka Sala de Reconocimiento.
Llamamiento a diligencias de versión voluntaria.
Designación de representante común y remisión de información al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD).
Resuelve los recursos de reposición interpuestos en contra del Auto N. 002 de 2019, mediante el cual la Sala de Reconocimiento ordenó a los 31 miembros del Estado Mayor de la antigua guerrilla de las FARC-EP comparecer a diligencia de versión voluntaria.
Creación de un cuaderno reservado en el expediente del Caso No. 001.
Traslado de informes allegados a la Sala de Reconocimiento en el trámite del Caso No. 001 y llamamiento a diligencias de versión voluntaria.
Traslado de las demandas de verdad presentadas por víctimas en el marco del Caso No. 001 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas.
Continuación de la diligencia de versión voluntaria del señor Seuxis Paucias Hernández.
Emplazamiento de víctimas de hechos relacionados con el Caso No. 001 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas.
Demandas de verdad presentadas por víctimas en el marco del Caso No. 001 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas.
Adopción de medidas cautelares para proteger los derechos de las víctimas del Caso No. 001.
Fijar fecha para la entrega de la versión colectiva por parte de los comparecientes del Caso No. 001.
Ordena la ampliación de la versión colectiva presentada por la extinta guerrilla Farc-EP y fija fecha para las primeras tres diligencias.
Apertura del trámite de presentación de observaciones por parte de las víctimas acreditadas en el Caso No. 001 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas.
Acredita como víctimas en calidad de sujetos colectivos de derechos al “Katsa Su”, gran territorio Awá, y a los treinta y dos (32) cabildos indígenas Awá, asociados y representados en la Unidad Indígena del Pueblo Awá – Asociación De Autoridades Tradicionales Indígenas Awá – UNIPA en el marco del Caso 02.
Se avoca conocimiento de la situacioón de los municipios de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas del Departamento de Nariño, que incluye los hechos presuntamente cometidos por miembros de las FARC-EP y de la Fuerza Pública, durante los años 1990 a 2016.
Llamamiento a versiones voluntarias, en el marco del Caso No. 002 de 2018, sobre la situacioÌn territorial de los municipios de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas (NarinÌo), en virtud del artiÌculo 27 A de la Ley 1922 de 2018.
Avoca conocimiento del Caso No. 003, a partir del Informe No. 5 presentado por la Fiscalía General de la Nación, denominado "Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado".
Reconocimiento como intervinientes especiales de las víctimas de hechos relacionados con el Caso No. 003 de la Sala de Reconocimiento, acreditadas por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP
Acreditación de víctimas de hechos relacionados con el Caso No. 003 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas, reconocimiento de la personería jurídica de sus representantes, y, traslado de las versiones voluntarias a las víctimas y sus representantes.
Declaración jurada - Ordena se practique la diligencia de testimonio al señor LUIS ARLEX ARANGO CÁRDENAS, alias “chatarro”
Comisión para realizar versión voluntaria, dentro del Caso No. 003 sobre "Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado".
Decide recurso de reposición interpuesto en contra del Auto No. 062 del 9 de mayo de 2019.
Negación de recurso de reposición por ser extemporáneo, interpuesto por la defensa de William Andrés Capera Vargas, contra el Auto No. 73 de 4 de junio de 2019
Negación de solicitud de reprogramación de la reunión preparatoria con representantes de víctimas y comparecientes
Niega la solicitud de fijación de nuevas fechas para las versiones voluntarias de los comparecientes Luis José León Vargas y Wilson Orlando Lizarazo Cárdenas
Niega la solicitud de fijación de nueva fecha para la versión voluntaria del compareciente Luis José León Vargas
Niega por extemporánea la autorización de participación de la Corporación Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda, a la versión voluntaria del señor Wilson Orlando Lizarazo Cárdenas
Confirma negación de la solicitud de participación de la Corporación Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda en versión voluntaria por ser extemporánea
Inadmisión de solicitud víctimas de hechos relacionados con el Caso No. 003 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas
Niega la solicitud de cambio de sede en relación con la versión voluntaria del compareciente Sergio Fernández Romero
Fijación de la fecha para la presentación oral de observaciones a las versiones voluntarias en el marco del Caso No. 03, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del artículo 27D de la Ley 1922 de 2018, respecto de hechos relacionados con la aprehensión de personas en el municipio de Soacha para ser presentadas ilegítimamente como ...
Avocar conocimiento del Caso No. 06, a partir del Informe No. 3 presentado por la Fiscalía General de la Nación, denominado “Victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP) por parte de agentes del Estado”; del Informe de la Corporación Reiniciar “¡Venga esa mano, país! Memoria viva de una vergüenza nacional”, y del Informe del Centro ...
Se avoca conocimiento del Reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado como un caso priorizado por la Sala, Caso No. 007.
Apertura de incidente de verificación de cumplimiento del régimen de condicionalidad de Leyder Johany Noscué Bototo.
Adición de los municipios de Florida, Pradera, Palmira, en especial su zona montañosa, Jamundí, Candelaria, Jambaló, Miranda, Padilla y Puerto Tejada al Caso 005. (Situación territorial en la región del norte del Cauca y sur del Valle del Cauca).
Se avoca conocimiento de la situación territorial en la región del norte del Cauca, en los municipios de Santander de Quilichao, Suárez, Buenos Aires, Morales, Caloto, Corinto, Toribío y Caldono; que incluye los hechos presuntamente cometidos por miembros de las FARC-EP y de la Fuerza Pública, entre el 1 de enero de 1993 y el 1 de diciembre ...
Lineamientos para tramitar las excepciones al principio de publicidad de la información obrante en el expediente de la Situación territorial de la región de Urabá, radicada como Situación No. 004 por Auto SRVR No. 40 de 11 de septiembre de 2018 y definición de la tipología de la información allí contenida.
Avocar conocimiento de los hechos vinculados a la situación territorial de la región de Urabá en los municipios de: Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá y Dabeiba en el Departamento de Antioquia y El Carmen del Darién, Riosucio, Unguía y Acandí, en el Departamento de Chocó, presuntamente cometidos de forma directa o indirecta en ...
Acreditación de GLORIA ISABEL CUARTAS MONTOYA como víctima de hechos relacionados con la Situación territorial de la región de Urabá.
Decretar medidas cautelares en favor de las comunidades habitantes del pueblo indígena del Alto Guayabal- Coredocito del resguardo Urada- Jiguamiandó, específicamente el Cabildo Mayor CAMERUJ y las Zonas Humanitarias y Zonas de Biodiversidad de las cuencas de los ríos Jiguamiandó y Curvaradó (municipios de Riosucio y Carmen ...
Diligencia colectiva de Construcción Dialógica de la verdad de los comparecientes referidos en los Autos SRVNH 04/01 -01/19 del 10 de junio de 2019 y SRVNH 04/02 - 01/19 del 11 de junio de 2019 en el marco del caso 004 Situación territorial de Urabá.
Asunto: Llamamiento a versión voluntaria y traslado de información.
Magistradas/os. Julieta Lemaitre, Belkis Izquierdo, Iván González, Nadiezhda Henríquez, Catalina Díaz.
Asunto: Ampliación del término para la presentación de observaciones a las versiones voluntarias por parte de las víctimas acreditadas en el Caso No. 01 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas.
Magistrado. Roberto Vidal.
Asunto: Tercera entrega de información a la UBPD sobre víctimas de retenciones ilegales por parte de las FARC-EP, cuyo paradero se desconoce, presentada por las víctimas en el marco del Caso No. 001.
Magistrada. Julieta Lemaitre.
Asunto: Acreditación de víctimas colectivas.
Magistrado. Raúl Sánchez.
La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, (en adelante SRVR o Sala de Reconocimiento), en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, procede a emitir la resolución de conclusiones a la que se refiere el literal m del artículo 79 de la Ley 1957 de 2019 ...
Asunto: Determinar los Hechos y Conductas atribuibles a los antiguos miembros del Secretariado de las FARC-EP por toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad, y ponerlos a su disposición.
Asunto: Determinar los Hechos y Conductas atribuibles a los antiguos miembros del Comando Conjunto Central de las FARC-EP por toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes no amnistiables cometidos de manera concurrente.
Asunto: Determinar los hechos y conductas ocurridas en los municipios de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas cometidos por quienes fueron integrantes de la extinta guerrilla de las FARC-EP.
Asunto: Determinar los hechos y conductas ocurridos en el Catatumbo durante el 2007 y el 2008, atribuibles a miembros de la BRIM15, el BISAN y a terceros civiles, y ponerlos a su disposición a efectos del reconocimiento de su responsabilidad.
Asunto: Determinar los hechos y conductas ocurridas entre enero de 2002 y julio de 2005 atribuibles a algunos integrantes del Batallón de Artillería No.2 “La Popa”.
Asunto: Poner a disposición de los comparecientes la determinación de los hechos y las conductas atribuibles a algunos miembros retirados y activos del Ejército Nacional, que pertenecieron al Batallón de Contraguerrilla 79, a la Brigada Móvil 11 y al Batallón de Contraguerrilla 26, con ocasión de lo ocurrido en el cementerio ...
Asunto: Determinar los hechos y conductas atribuibles a algunos integrantes del Brigada XVI, a algunos agentes del estado no integrantes de la fuerza pública y terceros civiles.
Asunto: Determinar los hechos y conductas ocurridos en el Oriente Antioqueño durante los años 2002 y 2003, atribuibles a miembros de la IV Brigada adscrita a la I División del Ejército Nacional.
Asunto: Resolución de conclusiones - en el marco del subcaso Norte de Santander del macro caso No. 03 “Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado”.
Asunto: Adoptar Resolución de Conclusiones respecto de los hechos y conductas ocurridas entre enero de 2002 y julio de 2005 atribuibles a algunos integrantes del Batallón de Artillería No.2 “La Popa”.
Asunto: Avocar conocimiento de los hechos vinculados a la situación territorial de la región de Urabá en los municipios de: Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá y Dabeiba en el Departamento de Antioquia ...
Asunto: Auto de determinación de hechos y conductas dentro del Caso No. 05 “Situación Territorial en la región del Norte del Cauca y del Sur del Valle del Cauca” frente al primer grupo de comparecientes de las CM Jacobo Arenas y Gabriel Galvis.
Asunto: Determinar y caracterizar el universo provisional de hechos y adoptar la priorización interna del caso.
Asunto: Avocar conocimiento del Caso No. 08 “crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”.
Asunto: Avocar conocimiento del Caso No. 09 sobre crímenes no amnistiables cometidos contra Pueblos y Territorios Étnicos por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano.
Asunto: Avocar conocimiento del Caso No. 10 “Crímenes no amnistiables cometidos por miembros de las extintas FARC-EP por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”.
Compareciente: Salvatore Mancuso Gómez - Situación jurídica: Sometimiento JEP/Audiencia - Según Auto TP-SA 1186 de 2022, sujeto que debe demostrar su calidad de incorporado material y funcionalmente a la Fuerza Pública