Incidencia Nacional

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Corte Constitucional ordena medidas para atacar las causas estructurales de la violencia contra quienes defienden derechos humanos en Colombia
Solo entre el primero de enero y el 31 de octubre de 2023 hubo 141 violaciones al derecho a la vida de personas defensoras de derechos humanos, según documentó la Comisión Colombiana de Juristas.

Jueves 14 de diciembre de 2023

Bogotá, 14 de diciembre de 2023. La Corte Constitucional profirió recientemente una sentencia, la SU-546 de 2023, en la que resolvió la solicitud de amparo de 20 personas defensoras de derechos humanos. Este tribunal examinó la situación de riesgo y desprotección estatal que afrontan las personas que ejercen liderazgos o defienden derechos en el país, así como el contexto de impunidad en el que se encuentran la mayoría de los crímenes que se cometen contra ellas, y declaró que existe un Estado de Cosas Inconstitucional en relación con la situación de seguridad que vive esta población. 

La Sala Plena de la Corte determinó que se les están vulnerando los derechos a la seguridad personal, al debido proceso administrativo, a ejercer liderazgos y a la justicia efectiva, todo ello debido a que las autoridades responsables de la vida e integridad de la población líder y defensora de derechos humanos no cumplen con su labor de forma oportuna, y tampoco avanzan en la investigación y sanción de los responsables y determinadores de las agresiones que se cometen en contra de ellas y ellos.

Por ello, la Corte dictó tres tipos de órdenes: 1. En los casos concretos de los 20 tutelantes ordenó que, en un corto período de tiempo, las autoridades demandadas adopten las medidas necesarias para garantizar la vida, integridad, debido proceso y justicia de cada una y cada uno de ellos; 2. Se expidieron órdenes de mediano plazo (entre seis meses y un año), con el fin de que las instituciones responsables hagan seguimiento del riesgo individual y colectivo de cada una de las 20 personas y sus organizaciones. También se ordenó priorizar y focalizar esfuerzos institucionales en los municipios en los que el nivel de riesgo para las personas defensoras es mayor, y así fortalecer las rutas de protección, la investigación oportuna de las agresiones, los mecanismos de denuncia efectiva y la incorporación de los enfoques diferenciales en todas las acciones que se realicen; 3. Como medida estructural se ordenó adoptar un Plan integral de protección, con el cual el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Hacienda, el Departamento Nacional de Planeación, la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía tendrán que garantizar el respeto, la prevención y la protección de la población líder y defensora de derechos humanos de todo el país.   

A propósito de la construcción de este Plan, el Alto Tribunal recordó que el Acuerdo Final de Paz, conforme lo indica el Acto Legislativo 02 de 2017, es un instrumento “preferente cuando las autoridades responsables definan las medidas para el respeto, la garantía y la protección de los derechos de la población destinataria”. Se especificó que el Plan debe ser “diseñado e implementando de forma armónica con los demás instrumentos que ordena el componente de garantías de seguridad del Acuerdo Final de Paz y las normas que lo implementan”, e incluso se exhortó al Gobierno, en su condición de responsable de la correcta implementación del Acuerdo, a impulsar el cumplimiento de dichas garantías para líderes y lideresas sociales.

“Ese exhorto, sumado a la orden que da la Corte de reorganizar la Unidad Especial de Investigación (UEI) de la Fiscalía ante el escaso nivel de esclarecimiento de los casos de personas defensoras, es un claro llamado a la articulación institucional para que las medidas que adopten, tanto Gobierno como Fiscalía, frente a este Estado de Cosas Inconstitucional vayan en línea con la política pública de desmantelamiento de organizaciones criminales adoptada el pasado 7 de septiembre por la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad”, dijo Ana María Rodríguez, directora de la Comisión Colombiana de Juristas.

Por otra parte, este tribunal ordenó al Ministerio del Interior garantizar el adecuado funcionamiento de la Mesa Nacional y las Mesas Territoriales de Garantías, y que también se asegure “que concurran las autoridades que directamente comprometan al Estado”. El llamado de atención de la Corte le aplica al propio ministro del Interior, quien no asistió a la sesión de la Mesa Nacional de Garantías que él mismo debía presidir el pasado 28 de septiembre. Se espera, adicionalmente, conocer el rol que juegan las autoridades locales en el cumplimiento de esta y las demás órdenes cuando se difunda el texto completo de la sentencia.

Como una de las organizaciones de la sociedad civil accionantes de la tutela, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) saluda la decisión de la Corte Constitucional de ordenar medidas que ataquen las causas estructurales de la violencia contra quienes defienden derechos humanos en Colombia y organicen la dispersa respuesta estatal frente a ella. La CCJ manifiesta su completa disposición para contribuir a que esta histórica decisión se haga pronto realidad. 

Comisión Colombiana de Juristas